primero
Ser
ciudadano (chileno, mayor de 18 años, sin pena
aflictiva) acreditado mediante documentos o certificados oficiales auténticos.
No obstante, en casos de excepción determinados por la autoridad llamada a hacer el nombramiento, podrá designarse en empleos a contrata a extranjeros que posean conocimientos científicos o de carácter especial.